Categorías A1, A2 y A3, registro de operador y certificados de piloto explicados sin jerga legal, con el Real Decreto 517/2024 que actualizó la normativa española.
Si acabas de comprar un dron o estás a punto de hacerlo, esto es lo primero que necesitas saber: en España, volar un dron no es "hacer lo que quieras con tu juguete". Desde que el Reglamento (UE) 2019/947 entró en vigor, y con el Real Decreto 517/2024 que lo adaptó a la legislación española, hay un marco claro de categorías, registros y certificados que aplica prácticamente a cualquier dron de cámara, por ligero que sea.
El primer paso, y el que más gente se salta sin querer, es el registro como operador de UAS en la sede electrónica de AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aérea). No es el piloto quien se registra en este paso, sino la persona o empresa responsable del dron. Tras registrarte obtienes un número de operador que debes pegar de forma visible en el propio dron. Esto aplica a prácticamente cualquier dron de cámara — los únicos que quedan fuera son los juguetes que no entran dentro del ámbito del reglamento europeo, no los drones ligeros de gama de entrada.
La normativa europea agrupa los vuelos "abiertos" (los que no necesitan autorización previa caso por caso) en tres subcategorías, según lo cerca que vueles de otras personas y el peso/clase de tu dron:
Cuanto más cerca de gente quieras volar, más exigente es la categoría — y eso se traduce directamente en qué certificado necesitas.
Para volar drones de clase C1, C3, C4 o los llamados "legacy" (sin marcado CE de clase, que es el caso de casi todos los drones vendidos antes de 2024) de más de 250 gramos, hace falta el certificado A1/A3. Se obtiene superando un examen online y gratuito en la propia web de AESA — no requiere academia ni examen presencial para este nivel básico.
Si quieres volar en categoría A2 (más cerca de personas, con drones de hasta 4 kg), necesitas primero tener el A1/A3 y después superar un examen teórico complementario que evalúa conocimientos de meteorología, rendimiento del UAS y mitigación de riesgos en tierra. Este ya no es tan inmediato como el anterior — conviene reservar tiempo real de estudio.
Dato clave que mucha gente no sabe: la mayoría de los drones de consumo que se venden hoy en España (DJI Mini, por ejemplo) pesan menos de 250 g, lo que simplifica bastante el papeleo — pero "pesar poco" no te libra de la obligación de registrarte como operador ni, en la mayoría de los casos, de sacarte el certificado A1/A3.
La normativa española combina la legislación europea (Reglamento (UE) 2019/947, que es directamente aplicable en todos los países de la UE) con el Real Decreto 517/2024, que adaptó y completó esa normativa a nivel nacional. Si en algún momento lees información de drones de antes de 2024, revisa la fecha — es un área que se actualiza con cierta frecuencia.
¿Tengo que registrarme como operador para volar cualquier dron?
Sí, en general todo el que vaya a volar un dron debe registrarse como operador
en la sede electrónica de AESA y obtener un número de operador visible en el
dron. La excepción son los juguetes que quedan fuera del reglamento europeo, no
los drones de cámara aunque pesen poco.
¿Qué diferencia hay entre el certificado A1/A3 y el de A2?
El A1/A3 se saca con un examen online gratuito y ya te permite volar drones
ligeros lejos de gente (A3) o sobrevolar personas no involucradas con drones muy
pequeños (A1). El A2 exige tener antes el A1/A3 y aprobar un examen teórico
adicional sobre meteorología y gestión de riesgos, porque permite volar más
cerca de personas.
¿Necesito seguro de responsabilidad civil para volar un dron en España?
Para uso puramente recreativo con drones muy ligeros no siempre es obligatorio,
pero en categoría A2/A3, con fines profesionales o con un dron de cierto peso,
sí se exige un seguro específico para RPAS — revisa tu caso concreto en la sede
de AESA antes de volar.
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